Tras la aprobación por el Consello de la Xunta del pasado 8 de octubre del Proyecto de Ley de Suelo de Galicia, éste fue presentado el día 15 de octubre en el Registro del Parlamento de Galicia para su tramitación parlamentaria, abriendo el plazo de enmiendas a los grupos parlamentarios.
Junto con la presentación del Proyecto aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia, se acompaña el anteproyecto inicial, la memoria económico-financiera de la norma, los informes emitidos con contestación a alegaciones formuladas por diversos colectivos, entidades y particulares (teniendo especial extensión la contestación a las formuladas por las delegaciones del COAG), así como el informe explicativo de las modificaciones introducidas en el Proyecto respecto el Anteproyecto. Esta documentación de tramitación suele ser de especial interés para una correcta interpretación de la intención del legislador al momento de aplicar la nueva norma, una vez se apruebe y entre en vigor.
- El texto del Proyecto con los informes emitidos lo pueden descargar aquí
VER: Ley 2/2015, de 29 de abril de empleo público de Galicia
Tras la aprobación por el Consello de la Xunta del pasado 4 de diciembre del Proyecto de Ley de Empleo Público de Galicia, éste fue presentado el día 19 de diciembre en el Registro del Parlamento de Galicia para su tramitación parlamentaria, publicándose el proyecto en el Boletín Oficial del Parlamento Gallego del día 30 de diciembre, abriendo el plazo de enmiendas a los grupos parlamentarios.
En este Proyecto, se recogen en los artículos 83 y 84 la evaluación del desempeño de las funciones del puesto según criterios de «transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación» por un procedimiento por el cual «se mide y valora la conducta profesional y el rendimiento o el logro de resultados de los empleados públicos», realizado por «órganos especializados dotados de autonomía funcional» (se elimina la referencia a «sin dependencias jerárquicas»).
El contenido concreto del procedimiento y órgano especializado quedará pendiente de definición en norma reglamentaria con audiencia a las organizaciones sindicales.
En cuanto a los criterios que se fijan, se señalan en el art. 84:
Artigo 84. Criterios
1. A valoración da conduta profesional dos empregados públicos mediante a avaliación do desempeño terá en conta necesariamente os seguintes criterios:
a) O grao de cumprimento dos deberes profesionais que esta lei impón aos empregados públicos.
b) O grao de interese, iniciativa e esforzo cos que os empregados públicos realicen o seu traballo, e, en particular, a implicación dos mesmos na actualización e perfeccionamento da súa cualificación profesional.
2. A valoración do rendemento ou do logro de resultados por parte dos empregados públicos mediante a avaliación do desempeño basearase como criterio necesario na medición da contribución individual de cada empregado público, no marco na avaliación de unidade administrativa en que preste os seus servizos, aos seguintes fins:
a) Á consecución dos obxectivos da unidade administrativa.
b) Á mellora da organización e a xestión administrativas a través da participación en procesos de innovación e de boas prácticas a prol da excelencia e a normalización e a racionalización de procesos.
El anteproyecto de Ley del Suelo de Galicia, autorizado por el Consello da Xunta el pasado viernes 10 de octubre, inicia su fase de participación pública, permitiendo la remisión de sugerencias con carácter previo a la aprobación del texto definitivo para su remisión al Parlamento de Galicia, previsto para el verano del año 2015, dando a entender que se produciría una aprobación parlamentaria justo antes de las elecciones autonómicas de 2016.
El anteproyecto está compuesto de 174 artículos, 2 disposiciones adicionales y 5 transitorias, aparentando una simplificación normativa de la actual Ley, reiteradamente modificada y que dificultaba mucho su aplicación, especialmente en asuntos en los que, por su tramitación prolongada, tuvo varias versiones de sus preceptos de aplicación.
En el siguiente enlace se puede descargar el anteproyecto completo.
Además podrá consultar el texto en castellano del Anteproyecto de Ley del Suelo de Galicia con índice interactivo, en el siguiente enlace:
El Tribunal Constitucional ha resuelto el recurso de inconstitucionalidad planteado por los gobiernos de la Comunidad de Madrid, La Rioja y Canarias, así como por el Grupo Parlamentario Popular del Congreso contra la Ley nº 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo (actualmente refundida en el RDLeg 2/2008 y modificada), confirmando su validez constitucional salvo una corrección en cuanto a la previsión de un tope máximo en la posibilidad de corrección de valoraciones para expropiaciones de suelo rústico obtenidos por el método de capitalización de rentas previsto en la norma legal por la posibilidad de que ese tope “puede resultar inadecuado para obtener en esos casos una valoración del bien ajustada a su valor real”.
Confirma, por tanto, la validez tanto de la exclusión de la valoración para expropiaciones del suelo rústico de cualquier expectativa urbanística como el método de capitalización de rentas a emplear, en vez de un método comparativo.
Igualmente, confirma la validez de la previsión mínima del 30% de edificabilidad residencial para viviendas sometidas a algún régimen de protección pública (VPA).
La Sentencia tuvo 2 votos particulares, firmados por 4 magistrados, donde se expone que la eliminación de la valoración de expectativas urbanísticas de terrenos en situación de rústico «no
permiten establecer una indemnización proporcionada al valor real al utilizar un método de capitalización ajeno a éste», así como que ese método no tiene en cuenta el rendimiento económico del bien, de acuerdo con el destino que le asigna el planeamiento urbanístico, y en consecuencia, no garantiza la indemnidad del expropiado, produciéndose una vulneración del artículo 33.3 de la Constitución que dice «3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.»
En definitiva, se mantiene la situación actual respecto las valoraciones a efectos expropiatorios y de desarrollo urbanístico, incluido el radical cambio de la valoración del suelo rústico únicamente por el método de capitalización de rentas, impidiendo la valoración por un sistema comparativo que pudiera incluir otros elementos distintos a la mera explotación agrícola o forestal del terreno.
En estos enlaces se encuentran la nota de prensa y la sentencia con sus votos particulares.
VER: Inicio de trámite parlamentario del Proyecto de Ley de Empleo Público de Galicia
La Dirección Xeral da Función Pública de la Xunta de Galicia, tras un periodo de alegaciones que se concedió a los sindicatos hace más de un año, ha remitido a un nuevo periodo de consultas, un nuevo texto que incorpora una parte de las alegaciones emitida, pero mantiene el contenido esencial.
Los sindicatos ya se han pronunciado sobre este nuevo texto, enviando sus alegaciones y propuestas de modificaciones.
Desde la Consellería de Facenda se ha manifestado que mantendrán el contenido de los puntos más discutidos, como la evaluación del desempeño de las funciones del puesto por medio de un procedimiento transparente, objetivo, imparcial y no discriminatorio, que mediría y valoraría la conducta profesional y el rendimiento o logro de resultados, realizado por órganos especializados y autónomos, sin dependencias jerárquicas. El contenido concreto del procedimiento y órgano especializado quedará pendiente de definición en norma reglamentaria. En cuanto a los criterios que se fijan, se señalan en el art. 82:
Artigo 82. Criterios
1. A valoración da conduta profesional dos empregados públicos mediante a avaliación do desempeño terá en conta necesariamente os seguintes criterios:
a) O grao de cumprimento dos deberes profesionais que esta lei impón aos empregados públicos.
b) O grao de interese, iniciativa e esforzo cos que os empregados públicos realicen o seu traballo, e, en particular, a implicación dos mesmos na actualización e perfeccionamento da súa cualificación profesional.
2. A valoración do rendemento ou do logro de resultados por parte dos empregados públicos mediante a avaliación do desempeño basearase na medición da contribución individual de cada empregado público:
a) Á consecución dos obxectivos da unidade administrativa na que preste os seus servizos.
b) Á mellora da organización e a xestión administrativas a través da participación en procesos de innovación e de boas prácticas a prol da excelencia e a normalización e a racionalización de procesos.
Se recoge, asimismo, un título específico para funcionarios al servicio de entidades locales. En este punto, hay un error grave en su contenido pues el art. 205 vuelve a recoger el contenido del artículo 150 del RDLeg 781/1986 (TRRL) en cuanto competencia para apertura de expedientes disciplinarios a habilitados nacionales, cuando las competencias han sido cambiadas por la modificación de la Ley de Bases de Régimen Local de final del año 2013, constando ahora en el art. 92,bis.10.
Para descarga: Anteproyecto de Ley de Empleo Público de Galicia
Se somete a votación el dictamen de la comisión no permanente de estudio para la elaboración de una nueva ley del suelo de Galicia. El día 15 de abril de 2014, a las 10:30 comienza la sesión donde se votará el proyecto de dictamen junto con las tres enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios de los Socialistas de Galicia, de Alternativa Galega de Esquerda y del Bloque Nacionalista Galego.
En el proyecto de dictamen se recogen 55 conclusiones, después de 10 sesiones de intervenciones de representantes de Organismos Institucionales, Representantes de organizaciones e instituciones representativas de la sociedad civil y Profesionales de reconocido prestigio. Las conclusiones se presentan como propuestas de acomodación de la norma a nueva normativa dictada sobre licencias y autorizaciones, métodos de participación y colaboración interadministrativa en la formación de planeamiento y gestión urbanística, así como concretar más definiciones de conceptos legales trascendentes para la clasificación del suelo, gestión del suelo y patrimonio municipal del suelo.
De las recomendaciones destacamos las siguientes, por la problemática que han venido generando:
4. Deberanse clarificar e acoutar a definición e a aplicación do réxime de fóra de ordenación, con delimitación expresa daquelas consideradas de carácter total ou parcial, así como os motivos desta consideración.
5. Faise de interese clarificar termos inseridos no desenvolvemento da nova lei que poden xerar diverxencias interpretativas (malla urbana, obras menores, cambio substancial en planeamento, consolidación, nivel de dotacións de sistemas xerais, calidade técnica…) ou dualidade de informes entre técnicos e posibilitar o reforzamento do papel dos informes de técnicos municipais habilitados.
20. Deberanse formular nos espazos urbanos consolidados intervencións ou regulacións que non xeren efectos perversos como fóra de ordenación masivos.
22. Precisar o que se entende por obras de escasa entidade.
49. Deberase posibilitar, cos efectivos controis de legalidade, que os polígonos residenciais ou de solos produtivos se poidan desenvolver por fases.
ACTUALIZACIÓN: El día 6 de mayo de 2014, el Pleno del Parlamento Gallego aprueba el Dictamen de la Comisión de la nueva ley del suelo por 41 votos a favor y 31 votos en contra, y sin abstenciones, de acuerdo con el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia de fecha 9 de mayo de 2014. Queda ahora la formulación de un nuevo proyecto de ley teniendo en cuenta dicho dictamen, y su tramitación parlamentaria hasta su aprobación definitiva.
El Supremo cambia su doctrina sobre la naturaleza de las relaciones de puestos de trabajo de la Administración. Establece que son actos administrativos y no disposiciones generales, por lo que no son recurribles en casación ante el alto tribunal. Se refiere a la RPT de la Administración del Estado y organismos dependientes, pero a no a los de las comunidades autónomas y entidades locales, si bien los motivos invocados, en nuestra opinión, pueden ser perfectamente trasladables al resto de RPTs de las CCAA y de los Concellos.
La Sentencia tuvo 2 votos particulares, invocando el derecho de los empleados públicos a la tutela judicial efectiva de sus derechos e intereses legítimos, al impedirles el acceso a casación y la impugnación indirecta.
En cuanto a las RPTs de los Concellos, implicaría que la competencia recaerá en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en vez de en la Sala del TSJ.
Por Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de Septiembre de 2014 (rec.209/2013), se confirma el carácter de actos administrativos general de las RPTs, sea cual sea la Administración o entidad de derecho público que la emite. Únicamente quedaría la posibilidad de una normativa autonómica que fuera en claramente en contra de dicha calificación.
En el BOE de 30 de diciembre de 2013 se ha publicado la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que introduce importantes modificaciones principalmente en la Ley de Bases de Régimen Local y la Ley reguladora de las Haciendas locales. También introduce novedades en la Ley del Suelo, añadiendo la posibilidad de enajenación del patrimonio municipal del suelo en una serie de condiciones, y en la Ley 30/1992 sobre los consorcios. Entra en vigor al día siguiente. En unos días publicaremos nuestros comentarios a esta Ley que pueden descargarse en este link:
La Xunta publica su borrador de la nueva Ley del Suelo de Galicia que, con anterioridad, fue remitida directamente a los grupos parlamentarios. El borrador fue elaborado por los servicios técnicos de la Secretaría Xeral de Ordenación do Territorio con el objetivo de crear una Ley más ágil en tramitaciones, más clara en contenido que regula y que remite a planeamientos generales, mejor estructurada en su articulado y más sencilla en su contenido, además de buscar potenciar el medio rural. El borrador que pueden descargarse en este link
Consulte el «Borrador Nueva Ley del Suelo de Galicia» pinchando aquí.
Se somete a votación el dictamen de la comisión no permanente de estudio para la elaboración de una nueva ley del suelo de Galicia. El día 15 de abril de 2014, a las 10:30 comienza la sesión donde se votará el proyecto de dictamen junto con las tres enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios de los Socialistas de Galicia, de Alternativa Galega de Esquerda y del Bloque Nacionalista Galego.
Se expone al público para recibir sugerencias el Anteproyecto de Ley del Suelo de Galicia. Se recoge el nuevo texto del anteproyecto, tras la anterior tramitación y dictamen de la comisión no permanente del parlamento gallego, compuesto de 174 artículos, 2 disposiciones adicionales y 5 transitorias, aparentando una simplificación normativa de la actual Ley, reiteradamente modificada. En la siguiente noticia se recoge el link para descargar el nuevo anteproyecto.
Consulte la «Exposición pública del nuevo Anteproyecto de Ley del Suelo de Galicia» pinchando aquí.
Se ha publicado en el DOGA del 28 de noviembre de 2013 el anuncio del acuerdo del Pleno del Concello de Ourense que aprobaba inicialmente el proyecto de Revisión del Plan General de Ordenación Municipal, abriendo periodo de exposición al público y alegaciones por plazo de 3 meses así como suspendiendo los procedimientos de concesión de licencias urbanísticas con las excepciones previstas en la Ley y en el propio Plan.
El plazo para formular alegaciones finalizará el próximo 28 de febrero de 2014.
El Pleno del Ayuntamiento de Ourense ha aprobado inicialmente el pasado día 8 de noviembre de 2013 el documento de revisión de su PXOM redactado por la entidad “Oficina de Planeamento, S.A.”, suspendiendo licencias urbanísticas y abriendo plazo de exposición al público por 3 meses desde la última publicación del acuerdo.